martes, 26 mayo, 2026
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Qué dice la letra chica del Súper RIGI: impuestos mínimos, dólares libres y límites para provincias

El Gobierno remitió a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que crea un régimen especial ampliado para grandes inversiones en nuevas industrias, con beneficios fiscales, cambiarios, aduaneros y laborales, y condiciones para provincias y municipios que adhieran.

El gobierno nacional remitió este martes a la Cámara de Diputados el proyecto de ley denominado Súper RIGI, que establece un régimen especial para atraer desarrollos de gran escala ligados a nuevas actividades económicas que, según el texto, hoy no se producen en el país. El proyecto propone una transformación en la estructura productiva nacional.

La iniciativa había sido anticipada semanas atrás por el ministro de Economía, Luis Caputo. El proyecto señala que busca posicionar a la Argentina como un destino de inversión de primer nivel mundial en industrias del futuro. Para ello, ofrece ventajas fiscales, laborales, aduaneras, cambiarias y regulatorias para proyectos a gran escala.

El proyecto está estructurado en 13 capítulos. El Capítulo I crea el Súper RIGI y define nuevas actividades económicas como todo desarrollo industrial, tecnológico o de prestaciones de servicios vinculadas a infraestructura tecnológica y digital estratégica con impacto transformador en la estructura productiva nacional que hoy no existen en el país.

El mensaje al Congreso indica que proyectos ya aprobados bajo la Ley 27.742 podrían acceder al Súper RIGI como herramienta complementaria, pero solo para actividades genuinamente nuevas.

El piso de inversión es de 1.000 millones de dólares en activos computables por proyecto, a completarse dentro del plan de inversión. Durante los primeros dos años desde la adhesión se debe ejecutar al menos el 20% de ese monto. Los interesados deben constituir un Vehículo de Proyecto Único (VPU), estructura societaria creada exclusivamente para el proyecto. El plazo para presentar solicitudes de adhesión es de cinco años desde la reglamentación de la ley, con posibilidad de una prórroga de hasta un año. La autoridad de aplicación debe expedirse en un máximo de 90 días hábiles.

En materia laboral, el VPU tributará una alícuota única del 10% en contribuciones patronales para nuevas relaciones laborales dadas de alta desde la adhesión.

En el paquete tributario, el proyecto establece que el VPU pagará el Impuesto a las Ganancias con una alícuota del 15%. Incluye amortización especial para inversiones: en obras de infraestructura, construcciones e instalaciones fijas, se puede computar el 60% en el ejercicio fiscal de habilitación y el 40% restante en dos cuotas anuales, o reducir la vida útil al 60%. También prevé actualizaciones por IPC, tratamiento favorable para reorganizaciones empresarias, deducción de intereses y diferencias de cambio, y una reducción en la imposición sobre dividendos: 7% en la primera etapa y 3,5% después de cuatro años.

En IVA, el VPU puede cancelar parte del impuesto facturado en inversiones con Certificados de Crédito Fiscal, que pueden ser entregados a proveedores o a ARCA. Se permite la devolución o transferencia de remanentes si la agencia no los procesa en el plazo previsto. Los beneficiarios pueden computar el 100% del impuesto sobre débitos y créditos bancarios como crédito del Impuesto a las Ganancias.

Se agrega la exención de derechos de importación para bienes del plan de inversión y exención de derechos de exportación para bienes producidos bajo el proyecto. El artículo 53 especifica que las exportaciones del VPU estarán exentas de derechos de exportación.

En el capítulo cambiario, se prevé una liberación progresiva de divisas de exportaciones: 20% de libre disponibilidad tras un año desde la primera exportación del producto principal, 40% después de dos años y 100% luego de tres. Se exceptúa al VPU de la obligación de ingresar y liquidar en el mercado de cambios las divisas vinculadas a aportes de capital, financiamientos o servicios del proyecto. El proyecto garantiza al VPU disponibilidad plena sobre los productos resultantes, libre disposición de divisas y activos, continuidad operativa y derecho a acudir al mercado de cambios. Todo bajo estabilidad tributaria, aduanera, de seguridad social y cambiaria por 30 años desde la adhesión.

El artículo 109 establece que las controversias entre el Estado y el VPU podrán someterse, a elección del inversor, a la Corte Permanente de Arbitraje, a la Cámara de Comercio Internacional o a mecanismos vinculados al CIADI. Los derechos e incentivos se consideran inversiones protegidas en el marco de tratados de promoción y protección recíproca de inversiones.

Para que los beneficios se apliquen en una provincia, esa jurisdicción debe adherir de forma integral. El artículo 112 impone compromisos: provincias, CABA y municipios no podrán crear nuevos gravámenes locales sobre los VPU, salvo tasas vinculadas a servicios reales. Las provincias y CABA no podrán aplicar Ingresos Brutos por encima del 0,50%, no podrán cobrar Impuesto de Sellos sobre actos y contratos del VPU, y municipios y provincias no podrán imponer regalías o cánones administrativos. Las jurisdicciones que adhieran renunciarán a exigir pago previo para discutir determinaciones tributarias, no podrán ejecutar administrativa ni judicialmente reclamos hasta sentencia firme, ni trabar cautelares o exigir garantías. Si una provincia o municipio deja sin efecto su adhesión, los beneficios ya reconocidos no se verán afectados.

El mensaje que acompaña al proyecto sostiene: «El proyecto exige como condición para la adhesión provincial compromisos concretos en materia de moderación fiscal y previsibilidad normativa, de modo tal que los incentivos nacionales no se vean neutralizados por cargas locales incompatibles con la magnitud de las inversiones que se pretende atraer. Solo mediante un esfuerzo mancomunado entre la Nación y las provincias -en el que cada jurisdicción asuma responsabilidades verificables- será posible construir un entorno de negocios que compita en igualdad de condiciones con los principales destinos de inversión a nivel global».

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