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Revés para Milei: Karen Reichardt debe encabezar la lista y no Santilli

En un inesperado revés para la estrategia electoral del Gobierno

La fiscal electoral dijo que, por la ley de paridad de género, la candidata mujer debe ascender al primer lugar.

Martes, 07 de octubre de 2025

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En un inesperado revés para la estrategia electoral del Gobierno, la fiscal federal con competencia electoral de la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, dictaminó este martes que corresponde que Karen Reichardt encabece la lista de candidatos a diputados de La Libertad Avanza, y no Diego Santilli, tras la renuncia de José Luis Espert.

El dictamen choca de frente con la presentación realizada por el oficialismo, que había solicitado que Santilli, tercero en la nómina, ascendiera al primer lugar. La decisión final ahora quedará en manos del juez federal Alejo Ramos Padilla.

Choque de interpretaciones: Ley de Paridad vs. Decreto reglamentario

La controversia se centra en cómo se debe aplicar la ley de paridad de género ante una renuncia.

  • La postura del Gobierno: Los apoderados de La Libertad Avanza argumentaron que el decreto 171/2019 es claro al establecer que, ante una renuncia, el reemplazante debe ser «la persona del mismo género que le sigue en la lista». Como Espert es varón, pidieron que su lugar lo ocupe el siguiente varón, es decir, Santilli.
  • El dictamen de la Fiscal: Roteta advirtió que esa interpretación es errónea y va en contra del espíritu de la ley. Sostuvo que la paridad de género es una «acción afirmativa» para revertir la desigualdad estructural y que nunca puede ser utilizada para perjudicar a las mujeres. Según su criterio, hacer que un hombre (Santilli) salte por encima de una mujer (Reichardt) que estaba más arriba en la lista sería una «regresión» para los derechos que la ley busca proteger. Por lo tanto, Reichardt debe ascender del segundo al primer lugar.

Un antecedente clave en la Corte Suprema

La fiscal Roteta basó su dictamen en antecedentes judiciales que respaldan su postura, siendo el más resonante el caso de la senadora Lucila Crexell.

En aquella oportunidad, ante la muerte del primer candidato, la Justicia Electoral (con fallo confirmado por la Corte Suprema) determinó que le correspondía a ella encabezar la boleta, y no al primer suplente varón, para no contrariar el «propósito final de la ley, que es la protección de la mujer».

Los jueces consideraron en ese entonces que aplicar estrictamente el reemplazo por género sería una «hipótesis de aplicación irrazonable de una norma».

Aunque el dictamen de la fiscal no es vinculante, representa un fuerte argumento legal que el juez Ramos Padilla deberá sopesar. Lo que él decida podrá, a su vez, ser apelado ante la Cámara Nacional Electoral, máxima autoridad en la materia.

Fuente: NA

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