viernes, 18 octubre, 2024
InicioPolíticaEl gobierno de Javier Milei interviene otras dos obras sociales sindicales

El gobierno de Javier Milei interviene otras dos obras sociales sindicales

El Ejecutivo publicó la intervención de dos obras sociales por un plazo de 180 días y ya son tres en una semana. Los principales argumentos

18/10/2024 – 10:17hs

javier milei

El Gobierno de Javier Milei sigue con su avanzada contra el sindicalismo y este viernes, con la publicación del Boletín Oficial, intervino a otras dos obras sociales. Se trata de la Obra Social de la Industria Ladrillera a Máquina y la Obra Social del Personal Ladrillero.

Ambas obras sociales serán intervenidas por un plazo de 180 días y «facultándose al Ministerio de Salud a prorrogar dicho plazo, de considerarlo necesario para la consecución del objetivo del presente acto».

Esta determinación fue tomada luego de una auditoría integral realizada por la Superintendencia de Servicios de Salud, que encontró incumplimientos graves en la documentación, control interno y manejo de fondos.

Estas dos intervenciones se suman a la ya anunciada el pasado martes sobre la Obra Social de Vareadores.

En el caso de la Obra Social del Personal Ladrillero la intervención estará a cargo de Jorge Carlos Alonso, mientras que la de la Industria Ladrillera a Máquina estará en manos de Matías Antonio Abal Gronchi.

Ambos decretos fueron firmados por el presidente Javier Milei y por el flamante Ministro de Salud, Mario Iván Lugones.

Prepagas y obras sociales: qué cambios oficializó el Gobierno

Las entidades de medicina prepaga que ofrezcan planes de salud financiados, total o parcialmente, con fondos provenientes de la seguridad social (obras sociales) deberán inscribirse en el Registro Nacional de Agentes del Seguro de Salud (RNAS) a partir del 1 de diciembre de 2024.

Según la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), mediante la Resolución 232/24, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se busca garantizar la transparencia y el control sobre el manejo de los recursos que provienen de los aportes de los trabajadores y que son gestionados por estas entidades.

La Ley 23.660, que regula el Sistema Nacional del Seguro de Salud, y el Decreto 70/23, que modificó el régimen aplicable, establecen la obligación de las entidades comprendidas en el artículo 1º de la Ley 26.682 de inscribirse en el mencionado registro.

Esto incluye a todas las prepagas que utilizan aportes de la seguridad social para financiar sus planes de salud. La normativa tiene como objetivo que los trabajadores que eligen estas entidades sepan con exactitud cómo se emplean sus aportes.

El artículo 6 de la Ley 23.660 dispone que todas las entidades bajo este régimen deben inscribirse en el registro correspondiente. El Decreto 70/23 reforzó esta obligación, estableciendo que la inscripción es un requisito esencial para el uso de los fondos de la seguridad social destinados a las prestaciones de salud.

Otro artículo advierte sobre las consecuencias de no acatar estos cambios: «El incumplimiento de la inscripción conforme lo establecido en el artículo 1°, impedirá la comercialización de dichos planes y dará lugar al inicio del procedimiento sumarial para la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 24 de la Ley Nº26.682».

Cómo realizar el cambio de prepagas u obras sociales que anunció el Gobierno

La resolución también subraya la importancia de la transparencia en el manejo de los fondos aportados por los trabajadores. Según la Superintendencia, estos fondos son de propiedad de los empleados, quienes contribuyen a través de sus salarios, mientras que las empresas retienen e integran estos recursos mediante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Parte de estos fondos son destinados a entidades de medicina prepaga cuando los trabajadores optan por recibir cobertura a través de ellas.

Más Noticias